VISTO: la gestión del Comando General de la Armada a efectos de la
aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección
de Bienestar Naval.
CONSIDERANDO: I) que las actividades que se mencionan en el Reglamento
resultan adecuadas a los requerimientos y exigencias de la Institución.
II) que es necesario contar con una normativa que regule las actuaciones
de las partes involucradas.
III) que la aplicación de la reglamentación propuesta no generará costos
al Estado.
ATENTO: a lo establecido en el Decreto 99/007 de 20 de marzo de 2007 y a
lo informado por las Asesorías Letradas del Comando General de la Armada y
del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección
de Bienestar Naval, el que figura en los Anexos adjuntos 1 y 2, los cuales
se consideran parte integrante del presente Decreto. (*)