COMERCIO EXTERIOR - IMPORTACIONES




Promulgación: 04/08/1986
Publicación: 06/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1986
  •    Página: 158

Artículo 5

     El otorgamiento de certificados  habilitantes y la venta del trigo
adquirido al amparo del artículo 4 precedente, se realizarán
proporcionalmente a los volúmenes del trigo nacional comprados por cada
empresa de la industria molinera a partir del 1º de julio de 1986.
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