COMERCIO EXTERIOR - IMPORTACIONES




Promulgación: 04/08/1986
Publicación: 06/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1986
  •    Página: 158

Artículo 3

     El Banco de la República Oriental del Uruguay no dará trámite a
denuncias de importación de trigo, sin la presentación del certificado
habilitante expedido por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
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