REGLAMENTACION DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL) EN LO RELATIVO A LA REGULACION DE LA SITUACION DE LOS DOCENTES DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL Y DEROGACION DEL DECRETO 703/986




Promulgación: 23/02/2016
Publicación: 02/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 58, 59, 60 y 61 
Derogada/o.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la conveniencia de regular la situación de los docentes de la Dirección Nacional de la Educación Policial.

   CONSIDERANDO: que resulta pertinente establecer un marco normativo que regule aspectos de la carrera docente, de cara a la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Policial N° 19.315 de 18 de Febrero de 2015.

   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

                                 DECRETA 

CAPÍTULO I
DE LA FUNCIÓN DOCENTE

Artículo 1

   (De los docentes) Son docentes policiales aquellos que desempeñan actividades académicas de docencia directa o indirecta, en el ámbito del Sistema Educativo Policial. Entendiéndose en el presente reglamento como docencia directa a la relación continua e inmediata del docente con el alumno, y como docencia indirecta a las actividades educativas que impliquen funciones de coordinación, tutorías, investigación y extensión u otras ejercidas fuera de la relación directa enseñanza - aprendizaje.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI
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