CREACION DE UN DISTINTIVO PARA EL JEFE DEL ESTADO MAYOR DE LA DEFENSA




Promulgación: 29/12/2011
Publicación: 16/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1881
VISTO: lo dispuesto por el literal C) de artículo 16 de la Ley 18.650 de
19 de febrero de 2010.

RESULTANDO: que por el mencionado artículo se establecieron las áreas
básicas de competencia del Estado Mayor de la Defensa y se especificaron
las condiciones con que debe cumplir el Jefe del mismo.

CONSIDERANDO: que se entiende oportuno la creación de un Distintivo
Institucional que identifique al Jefe del Estado Mayor de la Defensa.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Crear un Distintivo para el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, el que
estará constituido por un óvalo conformado en su interior por cinco
franjas blancas y cuatro franjas azul celeste, formando el diseño del
Pabellón Nacional y en el centro del mismo se sobrepondrá el Escudo
Nacional. Las dimensiones del óvalo metálico esmaltado en su eje mayor
será de 4 (cuatro) centímetros y en su eje menor 2,6 (dos con seis)
centímetros. El Escudo Nacional ubicado en el centro del óvalo deberá
medir 1,8 (uno con ocho) centímetros por 1,5 (uno con cinco) centímetros.

Artículo 2

 Aprobar el Anexo I que contiene la lámina con el diseño del Distintivo de referencia, el cual forma parte del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 484/011 de 
29/12/2011.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y archívese.

JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO

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