SALUD PUBLICA. INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 24/10/1990
Publicación: 26/11/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

    La actualización a que se refiere el artículo anterior se efectuará
cuando surja un incremento de los parámetros superior al 6% (seis por
ciento) o en forma bimensual de acuerdo al incremento operado en los
mismos. 
Referencias al artículo
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