INTRODUCCION A ZONA NO FRANCA DE VEHICULOS UBICADOS EN ZONAS FRANCAS, ADQUIRIDOS EN SUBASTA PUBLICA




Promulgación: 27/07/1988
Publicación: 03/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 155

Artículo 4

   La importación de los vehículos que se encuentren comprendidos por la
presente disposición, se llevará a cabo con el pago de gravámenes, tasas y
demás tributos que correspondan de acuerdo con las normas vigentes.
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