El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
Las operaciones de exportación comprendidas en el presente Decreto, no podrán acumular las preferencias en la Tasa Global Arancelaria prevista en el Decreto N° 316/992, de 7 de julio de 1992, con la devolución de tributos.