REGLAMENTACION DEL MANEJO Y CONTROL DE PLAGAS




Promulgación: 02/02/1994
Publicación: 16/02/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 160
Derogada/o por: Decreto Nº 343/002 de 29/08/2002 artículo 12.
  Visto: el anteproyecto de decreto propuesto por la Dirección de Servicios de Protección Agrícola de la Dirección General de Servicios
Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, en relación a
la Campaña de Control de la Cotorra.

  Resultando: de acuerdo a lo preceptuado por el decreto de fecha 8 de
mayo de 1947, se han emprendido diversas acciones por parte de la
Dirección de Servicios de Protección Agrícola (en adelante D.S.P.A.), para
lograr minimizar los daños que provoca la cotorra (Myopsitta monachus
monachus), que daña importantes cultivos agrícolas y plantaciones
frutícolas en perjuicio de la economía del país.

  Considerando: I) necesario y conveniente reglamentar la participación
de empresas especializadas en la ejecución de las medidas de control, sin
perjuicio de las responsabilidades inherentes a la D.S.P.A., con el
objetivo de posibilitar un rol más general del Estado, aumentando la
eficiencia de la campaña de control.

  II) beneficioso, establecer las condiciones de uso y manejo de los
tóxicos necesarios al control, de manera de evitar efectos indeseables
sobre el ecosistema.

  III) conveniente que las mencionadas acciones estén en concordancia
con la política general de manejo de recursos naturales renovables del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

  Atento: a lo preceptuado por la ley Nº 3.908, de 27 de octubre de 1908, ley Nº 3.921, de 28 de octubre de 1911, Arts. 253 y 255 de la ley Nº 
16.170, de 28 de diciembre de 1990, Art. 137 de la ley Nº 13.640, de 26 de
diciembre de 1967, decreto de 8 de mayo de 1947 y a la opinión favorable
de la Dirección General de Servicios Agrícolas y la Dirección de Servicios
Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

  El Presidente de la República

                                  DECRETA:

I - DE LAS DEFINICIONES

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 48/994 de 02/02/1994 artículo 1.

LACALLE HERRERA - PEDRO SARAVIA
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