FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 25 MERCADO MODELO




Promulgación: 26/08/1987
Publicación: 06/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Increméntase a un 65% el porcentaje para el cálculo del Salario Vacacional, el que será aplicado para las licencias generadas en 1987 y a gozar en 1988. 
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