APROBACION DE NORMAS RELATIVAS A LA INTRODUCCION DE BIENES AL PAIS POR PARTE DE TURISTAS




Promulgación: 31/10/1984
Publicación: 10/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 986
Referencias a toda la norma

FRANQUICIAS A TURISTAS CON RESIDENCIA HABITUAL EN EL PAIS
SALIDAS TEMPORALES DE VEHICULOS

Artículo 22

   Sanciones.
   La permanencia fuera del país de un vehículo egresado temporalmente,
luego de vencidos los plazos reglamentarios, dará mérito a la iniciación
de los procedimientos por presunción de infracción aduanera.
Ayuda