MEDIO AMBIENTE - ECOLOGIA - CAPA DE OZONO - SELLOS




Promulgación: 29/10/1993
Publicación: 19/11/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 446
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
autorizará la utilización del sello que por esta norma se crea, por
aquellos interesados que lo soliciten y que cumplan con las condiciones
que se establezcan, por un plazo nunca superior a los 2 (dos) años.
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