Se establece con carácter nacional, para todos los trabajadores jornaleros comprendidos en este Grupo, los siguientes beneficios:
a) Se otorga calzado para el personal con más de un año de antigüedad
en la empresa, en la siguiente forma: un par cada seis meses y;
b) Una prima jubilatoria equivalente a dos meses de salario o sea
50jornales, para cada trabajador que se acoja a los beneficios
jubilatorios, siempre que tenga un mínimo de 10 años de antigüedad
en la empresa.