NOMINA DE FUNCIONARIOS QUE NO OPTARON POR ABANDONAR DEFINITIVAMENTE LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 16/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1402
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 7.
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 7º de la ley No. 18.172 de 31 de
agosto de 2007.

RESULTANDO: Que el mismo autoriza al Poder Ejecutivo a disponer el
reingreso de hasta diez funcionarios públicos en total, que se encuentren
en la situación prevista en el inciso 3º del artículo 723 de la Ley No.
16.736 de 5 de enero de 1996.

CONSIDERANDO: I) Que la finalidad perseguida por la norma citada, es
permitir el reingreso a la actividad de aquel personal excedentario
eximido del deber de asistencia;

II) Que es necesario proceder al dictado de la reglamentación pertinente,
a efectos de la puesta en marcha del régimen legalmente establecido,
determinando las pautas para la selección de los funcionarios a
reincorporar.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el numeral 4º
del artículo 168 de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Los Jerarcas de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, remitirán
en un plazo de treinta días a la Oficina Nacional del Servicio Civil, la
nómina de funcionarios que se encuentren comprendidos en la situación
prevista en el Inciso 3º del artículo 723 de la Ley No. 16.736 de 5 de
enero de 1996, que desean reingresar al respectivo organismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
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