APROBACION DEL PROYECTO DE REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO




Promulgación: 09/02/2023
Publicación: 22/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

   RESULTANDO: I) que el mencionado artículo faculta al Poder Ejecutivo a aprobar una nueva estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto" del Inciso 02 "Presidencia de la República", dando cuenta a la Asamblea General;

   II) que, analizada la estructura organizativa de dicha Oficina, se ha detectado la necesidad de adaptar la misma a los efectos de dar cumplimiento a los cometidos actuales de la Unidad Ejecutora de forma más efectiva;

   CONSIDERANDO: I) que se cuenta con el dictamen previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Contaduría General de la Nación;

   II) que, el artículo 51 mencionado en el Visto del presente Decreto dispone que, a efectos del mejor cumplimiento de los cometidos definidos en la nueva estructura, podrán aprobarse reasignaciones de los puestos de trabajo entre las distintas unidades organizativas;

   III) que, a los efectos de no dilatar los cambios requeridos, resulta pertinente se apruebe una nueva estructura organizativa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022 y el artículo 8 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 en la redacción dada por el artículo 7 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el proyecto de reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004, "Oficina de Planeamiento y Presupuesto", del Inciso 02 "Presidencia de la República", que se incluye en el Anexo I   adjunto y forma parte integrante del presente Decreto. (*)

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 47/023 de 
09/02/2023.
Ver: Decreto Nº 212/023 de 11/07/2023 artículo 1 (agrega Organigrama).

Artículo 2

   Derógase el Decreto N° 263/019, de 9 de septiembre de 2019, excepto en lo relativo a la derogación que se dispone en el artículo 2° del mismo.

Artículo 3

   Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
Ayuda