MODIFICACION DEL DECRETO 47/023, RELATIVO A LA APROBACION DE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OPP




Promulgación: 11/07/2023
Publicación: 17/07/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
    VISTO: el Decreto N° 47/023, de 9 de febrero de 2023;

   RESULTANDO: I) que el mencionado decreto aprueba la nueva estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto" del Inciso 02 "Presidencia de la República";

   II) que en el mismo se omitió agregar el organigrama que refleja la estructura aprobada que se incluye en el Anexo I adjunto;

   III) que la estructura organizativa aprobada se funda en los principios de economía y celeridad, procurando un servicio más eficaz y un adecuado uso de los recursos;

   IV) que resulta conveniente la unificación de las unidades organizativas que tienen cometidos comunes o similares, para un mejor aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros;

   V) que, en la reestructura organizativa aprobada por el Decreto mencionado en el Visto se reasignaron funciones y cometidos entre las unidades organizativas de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con los criterios de optimización y complementariedad, atendiendo los objetivos de la organización en su conjunto y reforzando las competencias institucionales específicas;

   CONSIDERANDO: I) que corresponde aprobar el organigrama conteniendo la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora mencionada en el Resultando I);

   II) que la nueva estructura organizativa requiere el establecimiento de un máximo retributivo por nivel de responsabilidad, que puede resultar superior al fijado por el artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983;

   III) que es conveniente exceptuar de la aplicación de la limitación establecida por el primer inciso del artículo 105 del Decreto-Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, las remuneraciones correspondientes a las funciones de Encargados de la Dirección y Sub Dirección de las Asesorías y la Dirección y Sub Dirección de las Áreas, según lo dispuesto en el segundo inciso del artículo citado;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 105 del Decreto-Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase el organigrama conteniendo la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004 "Oficina de Planeamiento y Presupuesto" del Inciso 02 "Presidencia de la República" que se incluye en el Anexo adjunto  y forma parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 212/023 de 
11/07/2023.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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