El Comité Interministerial será coordinado por la Oficina Nacional del
Servicio Civil y tendrá las siguientes tareas:
a) seguir las directivas que en materia de transformación del Estado
imparta la Presidencia de la República;
b) acordar una agenda de asuntos ordenados y programados para su
tratamiento en forma sistemática, con el fin de articular las
propuestas y proyectos que deban ser considerados oportunamente por
el Poder Ejecutivo, en el ámbito específico de esta decisión, dando
cuenta a la Secretaría de la Presidencia de la República
inmediatamente luego de su instalación;
c) aconsejar la emisión de informes e instructivos técnicos para
facilitar la ejecución de las decisiones emanadas del Poder
Ejecutivo en el proceso de transformación del Estado y la
Administración Pública;
d) proponer la definición de criterios comunes en la aplicación de
tecnología e instrumentos de gestión, tendientes a la modernización
del funcionamiento de la Administración Pública;
e) proponer las pautas para la preparación del anteproyecto del marco
jurídico respectivo;
f) establecer los criterios de trabajo de los grupos técnicos que en
cada Inciso o Unidad Ejecutora se formen, para la aplicación de los
nuevos modelos de gestión, que resulten vigentes;
g) apoyar de manera activa las diferentes instancias de negociación
con los trabajadores del sector público, para asegurar la equidad,
los deberes y derechos del funcionario y la existencia de una
carrera administrativa profesional;
h) facilitar la instrumentación de mecanismos de información
eficientes para la toma de decisiones, así como el seguimiento y
cumplimiento de las políticas públicas;
i) realizar periódicas evaluaciones de avance del modelo de
transformación.