CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO 13 CAPITULO AGENCIAS DE
QUINIELAS Y BANCAS DE CUBIERTA DEL INTERIOR DEL PAIS. COOPERATIVAS DE QUINIELAS ASOCIACIONES O SIMILARES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Sin perjuicio de los salarios mínimos establecidos en el artículo precedente, ningún trabajador percibirá en sus remuneraciones un incremento salarial inferior al 18% sobre las vigentes al 31 de mayo de 1986.