AUTORIZACION PARA LA COMPRA DE TITULOS DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 03/12/2007
Publicación: 11/12/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1302
Referencias a toda la norma
VISTO: que el Poder Ejecutivo procura gestionar la deuda pública nacional
con el propósito de optimizar su composición y estructura de vencimientos.

RESULTANDO: I) que en el sentido indicado, el Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Unidad de Gestión de Deuda, recibió una
propuesta, de parte de Citigroup Global Markets Inc.

II) que dicha propuesta refiere a la posibilidad de recompra de títulos de
deuda de la República Oriental del Uruguay.

CONSIDERANDO: I) que la propuesta presentada resulta satisfactoria y por
ende, es conveniente llevarla adelante.

II) que, a esos efectos, se estima del caso presentar a los tenedores de
títulos de deuda pública, una propuesta de compra de dichos títulos.

ATENTO: a lo dispuesto por el literal g) del artículo 33 del TOCAF 1996,
la Ley Nº 17.947, de 8 de enero de 2006 y a lo informado por la Unidad de
Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorízase la compra por hasta U$S 500:000.000,oo (quinientos millones de
dólares de los Estados Unidos de América), hasta los montos y en las
condiciones que indique el Ministerio de Economía y Finanzas, de todos los
títulos de deuda emitidos por la República bajo ley extranjera y ley
uruguaya.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI
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