FIJACION DEL VALOR REAL DE INMUEBLES URBANOS SUBURBANOS Y RURALES. AÑO 2011




Promulgación: 27/12/2011
Publicación: 30/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1727
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Fíjase en $ 2:383.000 (dos millones trescientos ochenta y tres mil pesos
uruguayos) el mínimo no imponible del Impuesto al Patrimonio
correspondiente al año 2011 para las personas físicas y sucesiones
indivisas.-

Para el núcleo familiar se duplicará el importe mencionado en el inciso
anterior.
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