REGLAMENTACION DEL ART. 70 DE LA LEY 19.924, RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA DE RACIONALIZACION DE USO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO




Promulgación: 29/12/2021
Publicación: 07/01/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 70.

Artículo 10

   El Programa de Racionalización de Uso de Bienes Inmuebles del Estado, deducirá del precio final los gastos de tasación y las comisiones y gastos devengados del proceso de enajenación, llevado a cabo por el fiduciario o rematador, según se trate, disponiendo las transferencias a prorrata del saldo, en los porcentajes establecidos por la resolución del Poder Ejecutivo.
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