REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR ENTIDADES PRIVADAS QUE PROPORCIONAN EQUIPOS, APARATOS Y RECURSOS HUMANOS PARA PROCEDIMIENTOS TERAPEUTICOS POR INHALACION




Promulgación: 06/12/1983
Publicación: 19/12/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1144
  Visto: la necesidad de normatizar la actividad que desarrollan las
entidades privadas que proporcionan equipos, aparatos y recursos humanos
para procedimientos terapéuticos por inhalación a las I.A.M.C., hospitales
privados y pacientes privados.

  Resultando: que esta actividad forma parte de la asistencia médica la
cual corresponde al Ministerio de Salud Pública, planificar y controlar.

  Considerando: que deben establecerse normas relativas a las
instalaciones, los recursos humanos y materiales que se utilizan en la
prestación de estos servicios.

  Atento: a lo expuesto anteriormente y a las potestades otorgadas al
Ministerio de Salud Pública por ley 9.202, de 12 de enero de 1934,

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

CAPITULO I

Artículo 1

   La inhaloterapia es un procedimiento terapéutico por el cual se
suministra a pacientes gases, vapores y fármacos por vía inhalatoria.

ALVAREZ - LUIS A. GIVOGRE
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