CREACION DEL PROGRAMA DE EMPLEO JUVENIL DECENTE PARA LA TEMPORADA ESTIVAL 2016-2017




Promulgación: 30/12/2016
Publicación: 18/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Declárase que, la participación como beneficiario del programa que se instituye mediante el presente decreto, no será considerado como antecedente laboral alguno para la aplicación de la Ley N° 19.133 y su decreto reglamentario N° 115/015, para ninguna de las modalidades de contratación que establece.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
Ayuda