La retribución a los funcionarios y profesionales contratistas de obra
se realizará en función de las tareas y el rendimiento de conformidad con
la reglamentación de cada convenio.
Tales retribuciones así como los aportes que corresponda efectuar al
Banco de Previsión Social se realizarán con cargo a la asistencia
financiera que realicen las respectivas Intendencias. (*)