FIJACION DE NORMAS SOBRE ABASTO DE CARNES EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA




Promulgación: 11/08/1978
Publicación: 18/08/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 345
Referencias a toda la norma

Artículo 8

El transporte de carne será libre para el consumidor final.

 El transporte comercial de carne deberá cumplir con las disposiciones que
imponga la respectiva reglamentación.
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