Las aeronaves que se utilicen en la aplicación de productos
fitosanitarios no podrán tener pérdidas que provoquen derrames de los
mismos y deberán ser descontaminadas.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de constatarse derrame de insumos
será responsabilidad del aplicador adoptar todas las medidas necesarias
para neutralizar el efecto de dicho derrame.