EMPRESAS DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOVILES SIN CHOFER




Promulgación: 20/10/1993
Publicación: 28/10/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 222/995 Derogada/o de 21/06/1995 (Reglamento del Servicio 
de Empresas de Arrendamiento de Automoviles sin Chofer, artículo 17).
   Visto: El Decreto Nº 65/990, y su modificativo Nº 312/90 de fecha
05/07/990 por el cual se reglamenta el servicio que brindan las Empresas
de Arrendamiento de Automóviles sin chofer;

   Resultando: Que las modificaciones sugeridas con respecto a las normas
referidas, elevadas a consideración del Organismo por prestadores del
servicio involucrado, ameritan ser contempladas;

   Considerando: I) Que al Estado corresponde la reglamentación del
Turismo y de las Actividades y Servicios directamente conectadas al mismo;

   II) Que el Poder Ejecutivo está facultado para regular las actividades
que desarrollen los prestadores de servicios turísticos;

   Atento: A lo expresado, a lo dispuesto por los artículos 3 y 12 del
Decreto Ley 14.335 del 23/12/974, a lo establecido por el artículo 84 de
la Ley 15.851 de 24/12/86.

                         El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 455/993 de 20/10/1993 artículo 1.

LACALLE HERRERA - JOSE VILLAR GOMEZ
Ayuda