SERVICIO DE GARANTIA DE ALQUILERES. CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACION. INVENTARIO DEL ESTADO DE CONSERVACION DE LA FINCA. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION
En el caso de fallecimiento o incapacidad de la parte arrendataria u
otra causal debidamente justificada denunciados al Servicio de Garantía
de Alquileres, que se acompañen con las llaves del inmueble y la
documentación acreditante, el Servicio labrará acta y coordinará con la
parte arrendadora la diligencia del inventario del estado de conservación
de la finca. Cumplida ésta, regirán los procedimientos y plazos
establecidos en el inciso 3º del artículo 6º de este reglamento.-