SERVICIO DE GARANTIA DE ALQUILERES. CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACION. INVENTARIO DEL ESTADO DE CONSERVACION DE LA FINCA. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 21/11/2001
Publicación: 27/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1315

Artículo 13

 En el caso de fallecimiento o incapacidad de la parte arrendataria u 
otra causal debidamente justificada denunciados al Servicio de Garantía 
de Alquileres, que se acompañen con las llaves del inmueble y la 
documentación acreditante, el Servicio labrará acta y coordinará con la 
parte arrendadora la diligencia del inventario del estado de conservación 
de la finca. Cumplida ésta, regirán los procedimientos y plazos 
establecidos en el inciso 3º del artículo 6º de este reglamento.-
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