AJUSTE DE LOS NIVELES ARANCELARIOS. REDUCCION DE LAS TASAS GLOBALES ARANCELARIAS




Promulgación: 27/09/1989
Publicación: 21/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Los items NADI que figuran en Anexo III pasarán a tributar, a
partir del 28 de setiembre de 1989, la Tasa Global Arancelaria del 30%, operándose la reducción en el nivel de los recargos con respecto a las tasas vigentes previo a la aplicación del decreto de 31 de mayo de 1989.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 453/989 de 
27/09/1989.
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