FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 47 MINERIA. SUBGRUPO BALASTERAS




Promulgación: 21/08/1987
Publicación: 07/09/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Establécese que las tareas no comprendidas en la categorización 
anterior se ajustarán a la clasificación contenida en el convenio de Regulación Salarial de la Industria de la Construcción de fecha 16 de marzo de 1971 en cuanto a la categoría aplicable.
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