FIJACION DE MEDIDAS QUE PERMITAN DIVERSIFICAR LA MATRIZ ENERGETICA, INCORPORANDO ENERGIAS RENOVABLES COMO LA SOLAR TERMICA




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 29/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1547
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.585 de 18/09/2009.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Los sujetos obligados conforme a lo dispuesto en los artículos 3, 4, 6 de
la Ley N° 18.585, deberán exhibir ante la Intendencia respectiva al
momento de presentar la solicitud del permiso de construcción, una
constancia expedida por la URSEA, tanto para los casos en que la previsión
de consumo de agua caliente sea superior al 20% del consumo energético
total ó inferior. La URSEA establecerá la documentación necesaria a
presentar en tales casos.
Referencias al artículo
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