PROMOCION INDUSTRIAL. CONSTRUCCION DE CENTRAL TERMICA DE GENERACION DE ELECTRICIDAD A GAS. EXONERACIONES TRIBUTARIAS




Promulgación: 06/02/2002
Publicación: 15/02/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 206
Referencias a toda la norma
VISTO: las facultades que se acuerdan al Poder Ejecutivo en la Ley No. 
16.906 de 7 de enero de 1998, que establece el marco jurídico para la 
promoción y protección de las inversiones que se realicen en el 
territorio nacional y el Decreto Ley 14.178 de Promoción Industrial de 28 
de marzo de 1974;

CONSIDERANDO: I) el llamado a licitación pública P 25285 de la 
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, cuyo objeto 
es la contratación por un plazo de 15 años de potencia firme y energía 
asociada;

II) dicho llamado implica por parte del adjudicatario, la construcción de 
una central térmica de generación de electricidad a gas;

III) el Poder Ejecutivo entiende conveniente otorgar exoneraciones para 
la inversión que realice la empresa adjudicataria de la licitación, dada 
la importancia que significa para el territorio nacional;

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de 
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 de 7 de 
enero de 1998;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el art. 11 de la Ley 
16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad a desarrollar por la empresa 
adjudicataria de la licitación para la contratación por un plazo de 15 
años de potencia firme y energía asociada.

BATLLE - SERGIO ABREU - ALBERTO BENSION


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