FONDO DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD LECHERA




Promulgación: 20/11/2002
Publicación: 26/11/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1445
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.582 de 02/11/2002.

CAPITULO III - DE LAS EMPRESAS ELABORADORAS Y LAS EMPRESAS IMPORTADORAS DE LECHE FLUIDA

Artículo 8

 En el caso de las empresas pasteurizadoras, el total de litros remitidos 
a cada planta deberá ser coincidente con lo declarado a la Junta Nacional 
de la Leche en el período considerado. En el caso de empresas que venden 
otros tipos de leches fluidas, la información deberá coincidir con lo 
aportado a la Dirección General Impositiva por concepto de IMEBA.
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