APROBACION DE NORMAS SOBRE IMPORTACION EN ADMISION TEMPORARIA DE CUEROS BOVINOS




Promulgación: 03/08/1977
Publicación: 11/08/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 180
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Los precios fijados por este decreto, se reajustarán automáticamente en
forma directamente proporcional a las variaciones que experimente el tipo
de cambio vendedor del dólar en el mercado comercial, a partir de la
vigencia de este decreto.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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