REGULACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO TRANSITORIO DE
GUARDIA PERIMETRAL Y CONTROL DE ACCESO A CARCELES, PENITENCIARIAS Y
CENTROS DE RECUPERACION
Encomiéndase hasta el 1° de julio de 2013 al personal militar dependiente
del Ministerio de Defensa Nacional el control de acceso y egreso,
revisación e inspección de personas, vehículos y objetos que ingresen a
las cárceles, penitenciarías y centros de recuperación siempre que cumplan
la función de guardia perimetral externa.
El personal militar no quedará exento del control a que refiere el inciso
anterior.