AUTORIZACION AL MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA PAGAR A LOS FUNCIONARIOS QUE SE DETERMINAN UNA COMPENSACION ESPECIAL




Promulgación: 26/12/2018
Publicación: 07/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   La Contaduría General de la Nación verificará que la compensación otorgada será la diferencia que exista entre la retribución mensual que perciben los funcionarios, incluidos todos los objetos del gasto retributivos con excepción de: 042.510 sub-auxiliar 95 "Adscriptos a la Dirección", 044.001 "Prima por Antigüedad", 071.000 "Prima por Matrimonio", 072.000 "Hogar Constituido", 073.000 "Prima por Nacimiento", 074.000 "Asignación Familiar", 042.530 "Compensación especial por trabajo nocturno o trabajo en día inhábil", 042.520 sub-auxiliar 21 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas", 042.720 "Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad" y 579.006 "Beneficio en Especie" y los valores a alcanzar en esta instancia por adecuación de la estructura de remuneraciones que pauten, en acuerdo, con la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional (CARO).
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