APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 2003




Promulgación: 30/10/2003
Publicación: 10/11/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 949
Referencias a toda la norma

Artículo 25

 Trasposiciones de créditos presupuestales.
Las trasposiciones de créditos asignados a gastos de funcionamiento 
regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Sólo se podrán trasponer créditos no estimativos y con las siguientes 
limitaciones:
1. Los correspondientes al Rubro 0 (Retribuciones Personales) Rubro 1 
   (Cargas Legales sobre Servicios Personales) y 7.5 (Transferencias a 
   Unidades Familiares por personal en actividad) no se podrán trasponer
   ni recibir trasposiciones de otros rubros, salvo disposición expresa.
2. Dentro del Rubro 0 (Retribuciones Personales), podrán trasponerse 
   entre sí, siempre que no pertenezcan a los Renglones de los Subrubros
   01, 02 y 03 y se trasponga hasta el límite del crédito disponible no 
   comprometido.
3. Los renglones del sub-rubro 7.4 (Transferencias a instituciones 
   sin fines de lucro) y 8 (Servicios de Deudas y Anticipos) no podrán ser
   traspuestos.
4. El Rubro 9 (Asignaciones Globales) no podrá recibir trasposiciones.
5. Los créditos destinados para suministros de organismos o 
   dependencias del Estado, personas jurídicas de derecho público no
   estatal y otras entidades que presten servicios públicos nacionales,
   empresas estatales y paraestatales, podrán trasponerse entre sí.
6. Las partidas de carácter estimativo no podrán reforzar otras 
   partidas ni recibir trasposiciones.
Las trasposiciones se realizarán como se determina a continuación:
1. Dentro de un mismo programa, con la aprobación del Directorio y su 
   comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
   de Cuentas.
2. Entre diferentes programas, con la autorización del Directorio, 
   previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y 
   posterior comunicación al Tribunal de Cuentas.
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