El autorizado deberá contratar y mantener vigentes todos los seguros
obligatorios y aquellos que se establezcan en el pliego y ser único y
exclusivo responsable de los daños que ocasione a terceros o a sus
contratantes o a sus dependientes, en el uso de las frecuencias,
instalación y funcionamiento de los equipos y prestación de los
servicios. Las modalidades y montos de los seguros serán determinados en
el pliego si correspondiere.