FISCALIZACION DE LA PROCEDENCIA DE LAS AVES FAENADAS DESTINADAS A LA COMERCIALIZACION




Promulgación: 02/12/1982
Publicación: 14/12/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 964

Artículo 2

   A los efectos establecidos en el artículo anterior, todas las aves
faenadas destinadas a la comercialización deberán contar con el sello
distintivo de la planta de faena de la que provienen, a partir del momento
de salida de la respectiva planta.
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