APROBACION DEL MODELO DE CERTIFICADO DE DEFUNCION Y EL CERTIFICADO DE DEFUNCION RESUMIDO EN FORMATO ELECTRONICO




Promulgación: 08/12/2011
Publicación: 03/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1436
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   El Certificado de Defunción Resumido es el documento que será remitido al Registro de Estado Civil para la inscripción del fallecimiento, a las
Empresas Fúnebres y a los Servicios de Necrópolis para la realización de
los trámites y los procedimientos correspondientes a la inhumación.
   El Ministerio de Salud Pública quedará facultado a autorizar el acceso al Certificado de Defunción Resumido a otros organismos públicos, estatales o no, en caso que existan razones de interés general que así lo justifiquen. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Decreto Nº 276/019 de 16/09/2019 artículo 12.
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