PRORROGA DE PLAZO DE APLICACION DEL PORCENTAJE DE RETENCION DEL IVA EN LOS SERVICIOS DE CONSTRUCCION EN REGIMEN DE LICITACION PUBLICA




Promulgación: 06/02/2013
Publicación: 14/02/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 278
VISTO: el Decreto N° 528/003, de 23 de diciembre de 2003, que designa
agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado al Estado, a los Entes
Autónomos, Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales,
al amparo de la facultad otorgada por el artículo 17° del Título 1 del
Texto Ordenado 1996.-

RESULTANDO: I) que el Decreto N° 363/011, de 18 de octubre de 2011,
estableció que los servicios de construcción contratados en régimen de
licitación pública, tendrán una retención del 40% (cuarenta por ciento)
del Impuesto al Valor Agregado incluido en la documentación, hasta el 31
de diciembre de 2012.-

II) que se mantienen las razones por las cuales se dictó la norma
reglamentaria antes mencionada.-

CONSIDERANDO: conveniente extender el plazo a efectos de continuar
evaluando la medida.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2013 el período de aplicación del
porcentaje de retención establecido por el Decreto N° 363/011, de 18 de
octubre de 2011.-

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 29/014 de 11/02/2014 artículo 1.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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