INCORPORACION AL DERECHO INTERNO LA RESOLUCION GMC Nº 32/20 RELATIVA A LOS "REQUISITOS DE BUENAS PRACTICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD (DEROGACION DE LA RESOLUCIÓN Nº 01/15 DEL GRUPO MERCADO COMÚN)"




Promulgación: 17/12/2021
Publicación: 28/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución GMC N° 32/20 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

   RESULTANDO: que por la misma se aprobaron los "Requisitos de Buenas Prácticas para el funcionamiento de los Servicios de Salud (Derogación de la Resolución GMC N° 01/15)";

   CONSIDERANDO: I) que es necesario la actualización de la reglamentación incorporando la Resolución N° 32/20, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR al ordenamiento jurídico nacional;

   II) que por el Artículo 38 del Protocolo Adicional al tratado de Asunción sobre la estructura Institucional del MERCOSUR Protocolo de Ouro Preto- aprobado por Ley N° 16.712 de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el Artículo 2 del referido Protocolo;

   III) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común referida en el Visto;

   IV) que la Dirección General de la Salud y la División Servicios de Salud del Ministerio de Salud Pública, no realizan objeciones respecto de la internalización proyectada, por lo que corresponde proceder a su incorporación al ordenamiento jurídico nacional;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC N° 32/20, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se adjunta al presente Decreto como Anexo (*) y forma parte integral del mismo, por la cual se aprobaron los "Requisitos de Buenas Prácticas para el funcionamiento de los Servicios de Salud (Derogación de la Resolución GMC N° 01/15)".

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

   El presente Decreto tendrá vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 3

   Comuníquese.

  LACALLE POU LUIS - DANIEL SALINAS - CAROLINA ACHE
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