APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 1991




Promulgación: 16/08/1991
Publicación: 25/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
    Visto: el Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Telecomunicaciones
correspondientes al ejercicio 1991.

    Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

    Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República.

    El Presidente de la República,


                             DECRETA:

Artículo 1

    Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración Nacional de Telecomunicaciones correspondiente al ejercicio
1992, de acuerdo al siguiente detalle:

I)  RECURSOS                      N$          N$ 368.222:790.066

1  Ingresos propios                              364.767:590.006
   -Del giro                308.997:797.000
   -Ajenos al giro            3.299:753.000
   -IVA Ventas               52.470:040.006

2  Créditos obtenidos                              3.455:200.000
   -Exterior                  3.455.200.000

     La totalidad de los recursos se expresan a precios promedio del
período setiembre-diciembre del año 1990.

II - PRESUPUESTO OPERATIVO       N$          N$ 181.166.490.000

0    RETRIBUC. SERV. PERSONALES                  35.687.640.000

010  Directorio                    71.629.000                      
011 y
021  Pers. Presup. y Contrat.  25.471:688.000
032  Prima por antigüedad       3.620:486.000
033  Retrib. ex-directores         27:866.000  
041  Pers. de temporada            78:042.000  
042  Com. zona balnearia          208:118.000   
071  Aguinaldo                  3.075:007.000 
072  Horas extras                 906:030.000
075  Adel. a Cta.(congelado)       14:499.000 
079  Cuota adicional            1.063:245.000
081  Gastos representación          8:565.000
082  Quebranto de caja             98:711.000
083  Comp. por docencia            21:773.000
089  Otras compensaciones         940:262.000
096  Licencias no gozadas          81:719.000

1  SERV. NO PERSONALES                           91.571:227.000     
 
  - Serv. Intern. Comunicac.  35.322.000.000
  - Intereses y comisiones    19.941:510.000
  - Gastos varios             36.307:717.000  


2    MATERIALES Y ART. CONSUMO                    7.392:535.000

3    MAQUIN. EQUIP. Y MOBILIARIO                  4.203:217.000

6   CARGAS LEGALES Y PRESTACIONES 
 DE CARACTER SOCIAL                              28.327:515.000

611 Impuestos Nacionales         415:249.000 
612 Impuestos Municipales        624:259.000
613 Aport. Patron. Jubilat.   10.173:591.000 
614 Ap. Ag. Telef. y guardah.    412:451.000
616 Ap. Pat. Seg. Acc. Trabajo   560:517.000
617 Decreto 226/82               415:249.000
619 Ley 12.761  art. 76          167:931.000
623 Hogar Constituido          2.953:608.000
624 Asignación Familiar          684:818.000
628 Prima por nacimiento         111:942.000
629 Prima por matrimonio          44:777.000
631 Reintegro cuota mutual     2.317:426.000   
632 Prest. por alimentación    8.861:964.000
633 Reintegro cuota telef.       537:169.000
634 Ap. Patrón Seguro Vida        36:073.000
639 Otras Prestaciones            10:491.000


7    TRANSFERENCIAS                                12.632:050.000

9    ASIGNACIONES GLOBALES                          1.352:306.000

III  OPERACIONES FINANCIERAS                       58.414:458.000

8    DESEMBOLSOS FINANCIEROS                       58.414:458.000
  
822  Amortiz. Deuda Pública   53.188:800.000  
891  IVA Compras               5.225:658.000 

IV   PRESUPUESTO DE INVERSIONES                    83.917:072.000

0    Retrib. Serv. Personales  1.221:775.000
6    Cargas Leg. y Prestaciones  346:000.000
3    Maq. Eq. y mobiliario    43.312:586.000
5    Constr. Adiciones,       39.036:711.000 
     Mejoras y Repar. Extraordin.
                               

     La apertura por proyecto, fuentes de financiamiento y las partidas
en moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos Nros. 1, 2 y 3
que forman parte de este Decreto. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 423/991 de 
16/08/1991.

LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO - JUAN ANDRES RAMIREZ
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