FIJACION DE LAS TASAS Y PRECIOS DE LOS SERVICIOS AEROPORTUARIOS




Promulgación: 24/10/2003
Publicación: 30/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 712

Artículo 6

 Establécese el siguiente procedimiento de ajuste en los cobros de las 
tarifas:
Los pagos en moneda Estadounidense se ajustarán de la siguiente manera:
Hasta 0.50 centavos (inclusive) a la unidad inferior y los que excedan, a 
la unidad superior.
Los pagos en Unidades Reajustables, cuyos importes en moneda nacional 
terminados en 5 o menores se ajustarán a 0 de la decena anterior y los 
importes terminados en 6 o mayores se ajustarán a 0 de la decena 
posterior.
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