MODIFICACION AL REGLAMENTO GENERAL DE MINERIA




Promulgación: 19/01/1984
Publicación: 31/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 153
   Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Minería
y Geología, referente a la necesidad de obtener datos estadísticos que
permitan conocer el desenvolvimiento de la actividad minera.

   Resultando: I) La dificultad que encuentra la Dirección Nacional de
Minería y Geología para obtener los datos estadísticos con la actual
reglamentación;

   II) Dichos datos permitirán a esa Dirección conocer la marcha de la
actividad minera en sus diferentes aspectos.

   Considerando: I) Que es necesario arbitrar las medidas necesarias que
posibiliten el conocimiento de los datos necesarios por parte de la
Dirección Nacional de Minería y Geología;

   II) Que corresponde incluir entre los obligados a proporcionar
información incluso a los que realizan explotación minera sin título;

   III) Que es competencia del Poder Ejecutivo dictar el Reglamento
General de Minería.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y a lo prescripto
por los artículos 123 numeral 10 y 126 inciso 2 de la ley 15.242, de 8 de
enero de 1982,

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Agréguese al artículo 7º del decreto 110/982, de 26 de marzo de 1982 el siguiente inciso: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI
Ayuda