Fíjanse en N$ 25.00 (veinticinco nuevos pesos) el mínimo y N$ 2.000.00
(dos mil nuevos pesos) el máximo de las multas que se apliquen por
incumplimiento a la legislación minera, manteniéndose en vigencia la
sanción prevista para el caso de reincidencia o de no pago en plazo.