DISTRIBUCION DE RECURSOS PROVENIENTES DEL FONDO DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS VIÑEDOS PARA INDEMNIZAR A VITICULTORES AFECTADOS POR FENOMENOS CLIMATICOS




Promulgación: 24/10/1996
Publicación: 04/11/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 958

Artículo 8

  En caso de no ocurrencia de daños y previo informe de la Comisión
Honoraria Fiscalizadora, el Instituto Nacional de Vitivinicultura
determinará los mecanismos de inversión necesarios para el mantenimiento y
actualización de los recursos previstos en el Art. 1º del presente
decreto.
Referencias al artículo
Ayuda