CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 7 TRANSPORTE MARITIMO. SUBGRUPO ESTIBADORES APUNTADORES CAPATACES GUARDIANES




Promulgación: 31/07/1986
Publicación: 29/09/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Establécese que la contribución a cargo del Centro de Navegación Transatlántica de N$ 1.450,00 (nuevos pesos mil cuatrocientos cincuenta) por concepto de recibo mutual actualmente en vigencia, se incrementará cada cuatro meses en el mismo porcentaje que establezca DINACOPRIN, para el aumento de cuotas sociales para las Mutualistas, ampliándose dicho beneficio para todos aquellos trabajadores que acrediten fehacientemente tener una persona a su cargo.
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