FIJACION DE SALARIOS. TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION




Promulgación: 01/08/1985
Publicación: 16/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Increméntase a partir del 1º de junio de 1985 en un 22% (veintidós por
ciento) los suplementos o retribuciones permanenetes de carácter salarial
en exceso de los básicos fijados por decreto 126/985, de 26 de marzo de
1985.
Ayuda