REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.411. CONCURSOS DE OBRAS LITERARIAS. GRAN PREMIO NACIONAL DE LITERATURA. PREMIO TRIENAL DE LITERATURA. PREMIOS BIENALES
Fe de erratas publicada/s:13/01/1984.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.411 de 10/06/1983.
CAPITULO II - DE LAS INSCRIPCIONES Y LOS REGISTROS
Artículo 5
En el acto de inscripción para los premios bienales deberá presentarse:
a) Indicación de la obra y de la categoría en que concursa;
b) Tres ejemplares de la obra y obras que se inscriban;
c) En el caso de obras éditas, constancia de haber sido editada durante
el bienio cuya producción se juzga siempre que no surja del pie de
imprenta inserto en la misma;
d) Partida de nacimiento del autor, o constancia de radicación en el país
por más de tres años en el caso de extranjeros cuando se concursa por
lema o pseudónimo, la documentación a que se refiere este literal
deberá adjuntarse en sobre lacrado.
En el acto de inscripción deberá asimismo declararse el nombre, apellido
y dirección del jurado por el que se vota para integrar el respectivo
tribunal.